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En relación con las prórrogas excepcionales que la Autoridad de Aplicación del Decreto N° 572/94 (Reglamento de Formación y Capacitación para el Personal Embarcado de la Marina Mercante -REFOCAPEM- de la República Argentina), la Subsecretaría de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante, autorizó respecto de los títulos y certificados con el fin de priorizar la continuidad laboral del mencionado personal de la Marina Mercante, y que fueran objeto de la Carta Circular No. 4287 y sus revisiones, así como Circ. STCW.2/Circ.117.
En ese sentido, la Autoridad de Aplicación ha autorizado, con carácter excepcional, la extensión, hasta el 30 de junio de 2024*, del plazo de prórroga de la validez de los Títulos y Certificados de los ámbitos ultramar, fluvial y pesca (oficiales y marineros) con vencimientos entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de marzo de 2024.
Para acogerse al beneficio de la prórroga, se debe haber presentado la documentación con anterioridad al vencimiento del Título/Certificado que corresponda.
* NO-2024-32680530-APN-SSPYVN#MINF
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Representantes de la Institución asisten al quinto período de sesiones del Subcomité de Factor Humano, Formación y Guardia de dicho organismo.
Londres – Una delegación de la Armada Argentina conformada por el Capitán de Fragata Daniel Petersen y el Capitán de Ultramar Marcelo Lucero, se encuentra participando del 5º período de sesiones del Subcomité de Factor Humano, Formación y Guardia (HTW5) de la Organización Marítima Internacional (OMI) que dio inicio este lunes y finalizará mañana en la ciudad de Londres.
La participación en esta reunión se efectúa dado que la Armada es la autoridad de administración y ejecución del Sistema de Formación, Capacitación y Titulación del personal embarcado de la Marina Mercante Argentina.
En el presente período de sesiones se están tratando temas como: Fatiga, Validación de Cursos Modelo, Factor Humano, Examen amplio del Convenio de Formación de Pescadores de 1995, y enmiendas al Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (STCW), entre otros.
Los temas a debatir permitirán actualizar el mencionado sistema para una mejor gestión en la formación de los alumnos y de la atención al personal de la Marina Mercante, reduciendo la carga administrativa y generando celeridad en los trámites; como así también el intercambio de rigor de opiniones respecto de la interpretación de la normativa y sus respectivas formas de aplicación.
Fuente: http://gacetamarinera.com.ar/la-armada-en-la-organizacion-maritima-internacional/
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La OMI ha adoptado el Código Internacional para los buques que operan en aguas polares (Código polar), así como las enmiendas correspondientes al Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS) y las enmiendas correspondientes al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 y por el Protocolo de 1997 (Convenio MARPOL) a fin de conferir carácter obligatorio a dicho código.
La fecha prevista de entrada en vigor de las enmiendas al Convenio SOLAS y al Convenio MARPOL es el 1 de enero de 2017, marcando así un hito histórico en la labor de la Organización para proteger tanto a los buques como a las personas que viajan a bordo, sean marinos o pasajeros, en el inhóspito entorno de las aguas que rodean los dos polos.
El Código polar y las enmiendas al SOLAS se adoptaron en el 94º periodo de sesiones del Comité de seguridad marítima (MSC), en noviembre de 2014. Las enmiendas al MARPOL se adoptaron en el 68º periodo de sesiones del Comité de protección del medio marino (MEPC), en mayo de 2015.